Con la nueva reforma laboral, el gobierno ha impulsado el contrato de formación en alternancia, que viene a sustituir al antiguo contrato de formación y aprendizaje.
Aunque son varias las novedades que incorpora esta modalidad contractual, entre ellas la más destacada es que las empresas de menos de 250 trabajadores se podrán ahorrar las cotizaciones a la Seguridad Social de dichos trabajadores que firmen el nuevo contrato de formación en alternancia. Por su parte, las empresas que tengan más de 250 trabajadores tendrán bonificadas el 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes.

Otro de los cambios que traen estos nuevos contratos es la posibilidad de ser firmados por personas de cualquier edad, salvo que estas tengan especialidades formativas o certificados de profesionalidad de nivel 1 o 2, en cuyo caso no podrán superar los 30 años de edad.
De acuerdo a lo establecido en la reforma laboral, este contrato de formación en alternancia dedicará el 35% de la actividad laboral a la formación durante el primer año, y el 15% en el segundo año, garantizando así una formación en escala para el trabajador. Este mismo baremo es el que se aplica al salario soportado por la empresa: el primer año, la empresa se hará cargo del 65% del salario del empleado, y el segundo lo hará del 85%.
Esta nueva modalidad, como ya lo hiciera su antecesora, busca reducir el paro juvenil, al tiempo que trata de formar a dichos trabajadores en la que, para muchos, será su primera experiencia laboral.

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